martes, 24 de agosto de 2010

DDJJ informativa MONOTRIBUTIVO

DECLARACION JURADA PARA MONOTRIBUTISTAS
Algunos monotributistas deberán presentar declaraciones juradas cuatrimestrales a partir del 2010
          De acuerdo a la RG(AFIP) 2888, los pequeños contribuyentes adheridos al Monotributo que:
• Se hallen encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J, K o L o
• Revistan la calidad de empleadores.
deberán presentar las declaraciones juradas cuatrimestrales.
          Los que hayan dejado de encuadrarse en las categorías indicadas o hayan dejado de ser empleadores deberán presentar las mismas durante SEIS (6) cuatrimestres calendarios contados a partir de la finalización del último cuatrimestre informado.
          La información deberá ser remitida hasta el último día hábil del mes inmediato siguiente al de la finalización de cada cuatrimestre calendario.
          Las disposiciones de esta resolución general serán de aplicación respecto del primer cuatrimestre de 2010 y los siguientes. La presentación de la información correspondiente al primer cuatrimestre de 2010 podrá efectuarse hasta el día 30 de setiembre de 2010, inclusive.
DATOS A INFORMAR

          Corresponderá que se informen, respecto de cada cuatrimestre calendario, y en la medida que resulten aplicables conforme a la actividad que desarrolle el sujeto obligado, entre otros, los datos que, por cada concepto, se indican a continuación:
     a) Documentación que respalda las operaciones efectuadas durante el cuatrimestre: forma de emisión, indicando si se efectúa por sistema manual o por controlador fiscal, Nº de la primera y última factura o documento equivalente emitido y monto de las operaciones del período.
     b) Proveedores: CUIT de los CINCO (5) principales proveedores, en función al monto de las operaciones, Monto de compras efectuadas a dichos proveedores y Cantidad de facturas o documentos equivalentes emitidos por el proveedor al pequeño contribuyente.
     c) Clientes: CUIT de los CINCO (5) principales clientes en función al monto de las operaciones, Monto facturado a dichos clientes y cantidad de facturas o documentos equivalentes emitidos a dichos clientes.
     d) Local o establecimiento en el que se desarrolla la actividad: Condición de propietario o inquilino, o si la actividad se desarrolla sin local o establecimiento fijo. En caso que la condición sea la de inquilino: CUIT del propietario del inmueble, Monto de los alquileres devengados en el cuatrimestre, Fecha de inicio del contrato de locación, Fecha de finalización del contrato de locación y Número de partida y de inscripción dominial, de corresponder.
     e) Energía eléctrica: Números de las facturas cuyos vencimientos para el pago se hayan producido en el cuatrimestre,CUIT de la empresa proveedora del servicio de suministro eléctrico, Kilovatios consumidos en el cuatrimestre,CUIT del titular del servicio (sujeto a cuyo nombre se emite la factura).
          Cuando se trate de profesionales o transportistas, además de los datos detallados precedentemente, tales sujetos deberán informar los siguientes datos:
     a) Profesionales: Fecha de la primera matriculación -en caso de que tuviera más de una-, de no estar matriculado, fecha de expedición del título profesional y CUIT del Consejo o Colegio Profesional en el que se encuentre matriculado.
     b) Transportistas: Condición de titular del vehículo u otra; Monto que se abona en concepto de alquiler, de corresponder; CUIT de la compañía aseguradora del vehículo; Dominio del vehículo; Monto de la prima de seguro y Número de póliza del seguro del vehículo.

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