martes, 11 de enero de 2011

RETENCION IMPUESTO A LAS GANANCIAS: RENTA DE CUARTA CATEGORIA

Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal, jubilaciones, pensiones y otras

Régimen de Retención. Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas.
Régimen de Retención.
           Con el objetivo permanente de instrumentar medidas que resulten conducentes al fortalecimiento del poder adquisitivo de los trabajadores el Poder Ejecutivo prorrogó el procedimiento especial para el cálculo de las retenciones. En este marco, la AFIP: aprueba las tablas indicativas de los importes de las deducciones acumuladas en cada mes calendario aplicables al período fiscal 2011, a los efectos de la determinación del importe a retener por parte de los agentes de retención y dispone, con carácter de excepción, que la retención del saldo resultante de la liquidación anual del período fiscal 2010 se efectúe juntamente con la correspondiente a la liquidación anual del período fiscal 2011
Referencia normativa: Resolución General N° 3008 (Boletín Oficial 04/01/2011)

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