miércoles, 30 de mayo de 2012

CR. VEGA SALVADOR OMAR Cel 0380-15 4300944
Insólito: la Corte condenó por "fraude laboral" al Ministerio de Trabajo
El máximo tribunal ratificó un fallo de Cámara que sostiene que "el Estado había mantenido de manera fraudulenta un aparente contrato de pasantía" La Corte Suprema de Justicia confirmó un fallo por el cual el Ministerio de Trabajo y la Universidad de Buenos Aires (UBA) deberán indemnizar a una empleada que fue despedida de manera considerada arbitraria porque estuvo siete años como pasante. El máximo tribunal ratificó un fallo de la Sala V de la Cámara del Trabajo, por el cual sostuvo que "el Estado había mantenido de manera fraudulenta un aparente contrato de pasantía para evitar incorporar" a la empleada " a su planta permanente y reconocerle la protección laboral contra el despido arbitrario que ello implicaba", consigna la agencia DyN. Según consta en el fallo, se trata del caso de María Laura González Dego, quien firmó con el Ministerio de Trabajo y la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA un convenio de asistencia técnica para desarrollar tareas en el Tribunal del Servicio Doméstico, lo que realizó durante siete años de manera ininterrumpida. La Cámara sostuvo que la empleada desarrolló "tareas propias y permanentes de la administración pública, sin ser sometida a un régimen jurídico específico y distinto del personal de planta permanente", lo que no se ajustó a las normas de pasantías ni de empleo público. El fallo fue apelado por el Ministerio y la UBA, pero los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay rechazaron la presentación. "Los cuestionamientos formulados por los recurrentes en orden a la calificación del nexo jurídico litigioso resultan insustanciales", señalaron los magistrados, que citaron un precedente anterior de la Corte en la materia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Realizar comentarios, consultas, sugerencias.
o Pedir tratamiento de un tema determinado
MUCHAS GRACIAS