miércoles, 13 de octubre de 2010

SICOSS Nueva version DESDE OCTUBRE 2010

Nueva versión del SICOSS (ex – SIJP) 
      De acuerdo a lo dispuesto por la RG 2929, a partir del período devengado enero de 2011, los empleadores obligados al pago del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio establecido por el Decreto Nº 1567/1974, a efectos de la determinación e ingreso del mismo, deberán utilizar el programa aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS”.
     Asimismo, partir del período devengado octubre de 2010, los sujetos indicados, para determinar nominativamente e ingresar, los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social, estarán obligados utilizar el Release 1 de la Versión 34 del mencionado programa aplicativo SICOSS.
     Idéntica obligación deberán cumplir aquellos empleadores que abonen a uno o más trabajadores, individualmente, remuneraciones iguales o superiores a UN MILLON DE PESOS ($ 1.000.000.-).
     Los demás empleadores podrán utilizarlo en forma optativa.

     El nuevo release incorpora otras modificaciones, que se detallan a continuación:

• Elimina la posibilidad de compensación de las asignaciones familiares a partir del periodo devengado julio de 2010, con excepción de las que les corresponda percibir a las empleadas que, al mencionado período, se encontraban gozando de licencia por “Maternidad” o “Maternidad Down”, en cuyo caso, podrá continuar compensándose hasta la finalización de las respectivas licencias. Cuando en un mismo período en el que se verifica la situación señalada en el párrafo precedente “in fine”, corresponda el pago de nuevas asignaciones familiares por igual concepto (no compensables), a los fines de la confección de la respectiva declaración jurada (F.931), no deberá tildarse el campo “No compensa AAFF” de la pantalla “Datos del período” y, respecto de las empleadas beneficiarias de las mismas —comprendidas en el régimen de pago directo—, no deberá consignarse importe alguno en el campo “Asignaciones familiares pagadas” del cuadro de remuneraciones.

• Incorpora los códigos de modalidades de contratación 997 y 998.

• Implementa el procedimiento de recaudación de la prima y el derecho de emisión —premio— del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.

• Permite informar los ajustes o incrementos salariales que pudieran corresponderle a los trabajadores siniestrados fin de identificar adecuadamente a aquellos trabajadores siniestrados con incapacidad laboral temporaria —Códigos 18, 19 ó 20 según corresponda—. Asigna el Código de actividad 9 para identificar a los trabajadores comprendidos en las Resoluciones Nº 268/09 y Nº 824/09 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, alcanzados por un aporte personal adicional. La alícuota adicional que debe ingresarse por dichos trabajadores se consignará en el campo “Aporte Adicional %”, existente a nivel de nómina.
     El mencionado aplicativo debe ser utilizado por los empleadores alcanzados por las nuevas funcionalidades, para la determinación nominativa de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social del período devengado diciembre de 2009 y siguientes.

Si desea descargar el programa aplicativo SICOSS Versión 34 ingrese aquí




07 de Octubre de 2010

Fuente: AFIP



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