sábado, 2 de abril de 2011

AUMENTO DEDUCCIONES PERSONALES desde 01-01-2011 en Impuesto a las Ganancias

CR. VEGA SALVADOR OMAR Cel 03822-15 300944
El mínimo a partir del cual se cobrará será de 7.998 para un trabajador casado con dos hijos y de 5.182 pesos para los solteros.

          El Ejecutivo decidió aumentar en un 20% el mínimo no imponible del tributo. Por lo tanto, de manera retroactiva al 1 de enero pasado, el nuevo piso pasa de $4.818 a $5.782 netos mensuales para trabajadores solteros y aumentará de $6.662 a $7.998 para casados con dos hijos. El titular del fisco explicó que la norma será oficializada el próximo lunes.
           A partir de la nueva resolución, los nuevos valores de las deducciones serán los siguientes:
• Mínimo no imponible: $12.960 anuales.
• Cónyuge: $14.400 anuales
• Hijos: $7.200 anuales
• Otras cargas: $5.400 anuales
• Deducción especial: $62.208 anuales
Ricardo Echegaray, titular de la AFIP, anunció que la medida "estará en el Boletín Oficial el día lunes. RG 3073.
" El mínimo pasó a $5.782 netos mensuales para trabajadores solteros y aumentó a $7.998 para casados con dos hijos. Tributaristas advierten que se trata de una reforma incompleta
El Poder Ejecutivo decidió aumentar en un 20% el mínimo no imponible del tributo.
Por lo tanto, de manera retroactiva al 1 de enero pasado, el nuevo piso pasa de $4.818 a $5.782 netos mensuales para trabajadores solteros y aumenta de $6.662 a $7.998 para casados con dos hijos. 
          Si el Congreso no valida la reforma este año, Echegaray adelantó que la AFIP volverá a diferir el pago para que los contribuyentes no tengan una deuda brutal con el fisco en febrero de 2012.
Alcance del alivio: Opiniones de especialistas
          1) Es muy importante el aumento del 20% dispuesto por la AFIP para las deducciones personales del 2011, pero el mismo no es suficiente". "Hay un aspecto económico y un aspecto jurídico que aún está pendiente de resolución por parte de los poderes del Estado" "En lo económico, el aumento de las deducciones personales debería ser mayor al 20% y que, además, se deberían aumentar los tramos de la escala del artículo 90 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, los cuales no se han aumentado desde el 2000". "En lo jurídico, cabe señalar que los aumentos de los importes fijos de la Ley del Impuesto a las Ganancias deberían hacerse por ley y no por resolución de la AFIP".
          2) Más allá de la actualización "los montos siguen siendo bajos con respecto al valor que debería tener si se ajustara al nivel inflacionario que se produjo desde la salida de la convertibilidad o al índice promedio de los incrementos salariales determinado para el mismo período". "Pero esto no es suficiente puesto que también habría que realizar un sustancial cambio dentro del impuesto para equiparar al trabajador autónomo con el de relación de dependencia en lo que se refiere al monto de la deducción especial".
          3) Una vez más el Gobierno pierde la oportunidad de equiparar el tratamiento de los autónomos con los trabajadores dependientes". Impacto en el bolsillo
Para medir el impacto, tenemos un par de ejemplos:
          • A un trabajador soltero que gana $15.000, la retención mensual de Ganancias se le reduce $306 al pasar de $2.439 a 2.133 pesos. Es decir que las incidencia de las retenciones sobre el sueldo pasa del 16,26 % actual, al 15,32 por ciento.
          • Si al mismo trabajador, le elevan el salario en 20% (pasa a $18.000), bajo los nuevos valores, se le retendrán $ 3.151 mensuales. Es decir, se le retienen $712 mensuales más que antes. En este caso, la incidencia de las retenciones sobre el sueldo pasa del 16,26% actual, al 17,51 por ciento. En otras palabras, se apunta a dejar en claro que sin modificar las escalas de tributación del Impuesto a las Ganancias, la presión impositiva sobre los salarios crecerá durante este año, más allá del alivio recientemente anunciado. Esto es así, ya que la suba del 20 % del piso salarial a partir del cual se paga Ganancias no compensa ni la inflación ni los incrementos salariales esperados para este año que rondan 25% anual.
Reforma incompleta: Opiniones 
          1) Para que sea una reforma completa "también deberían modificarse los tramos de la escala progresiva para que los mismos resulten acordes a la situación económica actual y la capacidad contributiva de los empresas y particulares". "De lo contrario, superado el nivel de imposición mínimo, una gran cantidad de contribuyentes seguirán tributando las alícuotas más elevadas que prevé la ley del gravamen".
          2) Al no ajustarse los tramos de la escala de aplicación del impuesto, los ingresos mensuales que excedan los nuevos pisos salariales quedarán gravados con alícuotas elevadas".
          3) Si la suba de las deducciones personales no se la complementa con la actualización total del esquema de alícuotas progresivas, habrá numerosas personas que saltarán de tasa debido a la actualización por inflación de las rentas sufriendo un mayor impacto del impuesto". Respecto a la falta de actualización del esquema de tributación, Echegaray sentenció que "ese puede ser el reclamo de un grupo muy chico de la población".
Una solución integral: Opinion
          1) Se recomienda oportunamente promover un "mecanismo automático" para ajustar Ganancias en base a los niveles de inflación”. "Nos hemos alejado de una técnica elemental y sensata que hubiera sido la de establecer un mecanismo automático de ajuste de los montos mínimos no imponible (en Ganancias), teniendo como elemento referencial el elemento indicativo del monto de inflación anual". ”El gran esfuerzo que habría que hacer alrededor de este tema, es entrar a discutir con un alcance temporal mucho más para el futuro, la posibilidad de dejar fuera del impuesto a la renta proveniente del trabajo personal que no debería ser indicio de capacidad contributiva".

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